Haga una solicitud de información

 El Procedimiento de Acceso a la Información previsto en la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco es un procedimiento administrativo de carácter no jurisdiccional sujeto a las bases, principios y normas establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios, norma que establece en su artículo 79 que los plazos “transcurren a partir del día hábil siguiente a aquél en que surtan sus efectos las notificaciones respectivas” y que en su numeral 88 explica que las notificaciones surten “sus efectos a partir del día hábil siguiente a aquel en que se realicen”. En consecuencia, las solicitudes hechas por vía electrónica, al tenor de lo dispuesto por el artículo 63 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, serán resueltas a más tardar en cinco días hábiles siguientes al de la recepción de la solicitud, tal como lo señala el artículo 72 de esa norma. Es decir, el plazo de respuesta transcurre a partir del día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud.

 

Por ejemplo, si usted solicita información pública en domingo (día inhábil), el plazo de cinco días previsto por el artículo 72 de la Ley de Transparencia transcurre a partir del día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud, que sería el lunes. Si usted pide información pública un viernes (día hábil), el día hábil siguiente al de la recepción de la solicitud es un lunes y a partir de ahí se computa el término.

 

 

Para usar el sistema es necesario aceptar el siguiente Aviso Legal:

 

El usuario del sistema electrónico de solicitudes de información pública entiende y acepta que, desde el  momento en que se incorporan al sistema la resolución o resoluciones de sus peticiones, queda personal y debidamente notificado de su contenido. Por tanto, también entiende y acepta que es su responsabilidad consultar, en el sistema, el estado que guarda su petición de información pública. La institución podrá, además de esta notificación por vía electrónica, comunicar al peticionario la resolución de su asunto a través de su correo electrónico registrado o a través de los estrados electrónicos del Portal de Información Pública Universitaria.

 

 

 

Entiendo y acepto los términos de este aviso legal  (Dé click en el vínculo para comenzar)